El Tribunal Superior de Justicia de Baja California notificó, la semana pasada, quela periodista Carmen Olsen se encuentra sujeta a proceso judicial por el delito de difamación, que en Baja California se castiga con hasta dos años de cárcel.Cabe recordar que dicho delito fue imputado por Claudia Cristina Espinoza, quien en octubre de 2012, fecha de la denuncia, auxiliaba al entonces director de Seguridad Pública en Playas de Rosarito, Francisco Castro Trenti. Este funcionario, el 4 de enero de 2013, ordenó a un grupo de policías municipales, bajo su cargo, agredir físicamente a la periodista.
Más allá de las múltiples irregularidades en el proceso seguido contra Carmen Olsen y las visibles inconsistencias en los elementos probatorios, el proceso penal contra la periodista de Playas de Rosarito es posible debido a que en Baja California permanecen vigentes los delitos contra el honor. Es importante resaltar que no es el único proceso que
la periodista enfrenta. Por los hechos en que fue agredida el 4 de enero de 2013, ahora
enfrenta la acusación por el delito de ultrajes a la autoridad, es decir, pasó de ser víctima
a acusada.
Baja California es uno de los 14 estados1
incumplimiento respecto sus obligaciones internacionales en materia de derechos
humanos. México ha sido conminado por el Comité de Derechos Humanos y la Relatoría
de sobre la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad de Expresión y Opinión,
ambas de las Naciones Unidas, así como la Relatoría Especial de Libertad de Expresión
de la Organización de Estados Americanos, a despenalizar los delitos contra el honor. 2
Si bien resulta legítimo proteger el honor de las personas, esta tutela no debe ser a tal
grado desproporcionada que anule plenamente el ejercicio de otros derechos. Es decir,
las medidas legislativas de carácter penal generan más daños en el ejercicio de la libertad
de expresión que los beneficios que se generan al derecho al honor, por lo que las
soluciones al conflicto entre estos derechos tienen que encontrarse por la vía civil.
ARTICLE 19 y la Comisión Ciudadana de Derechos Humanos del Noroeste hemos
manifestado públicamente nuestra preocupación a los legisladores bajacalifornianos. Uno
de esos pronunciamientos lo realizamos en el foro del 30 de abril pasado, realizado en el
recinto parlamentario, donde externamos las razones jurídicas por las cuales se deben
despenalizar los llamados delitos contra el honor. El compromiso en dicho foro fue
comenzar el proceso para la despenalización de los delitos que inhiben la libertad
de expresión y emitir un punto de acuerdo en el que se reivindique la labor de la
periodista Carmen Olsen.
1 En enero de este año, el Congreso de Michoacán “re-penalizó” los delitos contra el honor.
2 Comité de Derechos Humanos, Observaciones finales sobre el informe presentado por el Estado mexicano,
párr. 20. Ver también Informe de la Relatoría de sobre la Protección y Promoción del Derecho a la Libertad
de Expresión y Opinión sobre su visita a México, 10 de mayo de 2011, párr. 92 a). Informe Relatoría
Especial de Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos, 10 de mayo de 2011, párr. 302
que mantienen a México en estado de