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Revisión electrónica medida más rápida y agresiva de fiscalizar por el SAT

Para analizar las modificaciones en materia fiscal, particularmente sobre las visitas domiciliarias y revisiones electrónicas por parte de la autoridad, como facultades de comprobación que tiene para determinar créditos fiscales y posibles delitos, se llevó a cabo un taller de actualización fiscal.

 

  Lo anterior informó el abogado Fiscalista, Lic. Jorge Alberto Pickett Corona, quien consideró que las revisiones electrónicas son el tema medular de estas modificaciones debido a que ahora con el buzón tributario, la autoridad fiscal tiene la facultad de realizar autorías por medios electrónicos y posteriormente emitir al contribuyente las contribuciones omitidas.

 

   Explicó que la diferencia entre las visitas domiciliarias y las revisiones electrónicas, es que las primeras inician con la investigación a la contabilidad y las segundas son una pre liquidación respectiva, en la que se le da al contribuyente un término de 15 días para desvirtuar lo señalado por la autoridad fiscal.

 

  De no atenderse la pre liquidación se vuelve firme y podrá procederse administrativamente, ya sea a través del mandamiento de ejecución, requerimiento de pago y en su caso, el embargo, por lo que recomendó la asesoría oportuna debido al poco tiempo que se tiene para desvirtuar.

 

   Pickett Corona abundó que el taller fue dirigido al sector empresarial con el fin de que se encuentre adecuadamente asesorado, pues de no atender las disposiciones de carácter fiscal podría incurrir en sanciones onerosas o privativas de la libertad.

 

   Por su parte, Adrián Romero, socio Consultor de Grupo EFE, quien expuso el tema de precios de transferencia, dijo que se está pasando por un momento histórico, pues se culminan dos años de trabajo donde miembros de la OCDE están empujando 15 nuevos puntos que harán más estrictas las leyes en la materia.

 

 

 

   México como miembro de la OCDE, a partir de 2016 sujetará a las compañías que tienen operaciones como parte de un grupo mexicano o con empresas extranjeras, a un mayor grado de fiscalización y cumplimiento de precios de transferencia.

 

   Estos son entendidos cuando dos empresas que forman parte de un grupo cuentan con transacciones económicas entre sí, a nivel nacional se ha ventilado que el SAT ya tiene en la mira algunas compañías con omisiones de obligaciones.

 

   Por último, agregó existen multas para quienes no presenten ciertas informativas, la no deducibilidad de las operaciones y aplicación de facultad presuntiva de la ley, “la recomendación más importante es que las compañías se acerquen a su asesor, para estudiar el tema y estar al día con los cambios”.

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BANNERS DERECHA