La PGR tiene más de 4 mil denuncias abiertas por casos de tortura. Según el instituto de investigaciones del Senado, el sistema se acostumbró a sacar información a los detenidos a partir de esta práctica deleznable.
México cuenta con una legislación contra la tortura muy avanzada y también una de las más completas en América Latina y el Caribe. Pero la duplicación de funciones y el incumplimiento de plazos para expedir programas o registros de víctimas han provocado que ese flagelo se mantenga como una práctica utilizada en el país por policías e instancias de procuración de justicia. Lo anterior lo señala el instituto de investigaciones con el que cuenta el Senado de la República.
La tortura es una de las prácticas más deleznables y con alto grado de impunidad en nuestro país y el reto que tiene México consiste en prevenir, investigar y sancionar la tortura sin caer en duplicidad de funciones, presupuestos y/o hacer más largos los tiempos de respuesta en la atención a las víctimas, según se lee en el documento Retos y pendientes en materia normativa para prevenir y erradicar la tortura en México que elaboró el Instituto Belisario Domínguez del Senado.
En enero pasado, la organización internacional Human Rights Watch (HRW), presentó su Informe Mundial 2018, donde destacan lo común que se ha convertido la práctica de tortura en las autoridades mexicanas para obtener información de sus detenidos.
Según el reporte, hasta el 30 de junio pasado existían 4 mil 390 investigaciones sobre casos de tortura en la Procuraduría General de la República (PGR), explicando que “la tortura se aplica más frecuentemente durante el periodo en que las víctimas son detenidas, a menudo arbitrariamente, y hasta que son puestas a disposición de agentes del Ministerio Público”.
El IBD apunta que la persistencia de la tortura en nuestro país no se debe, necesariamente, a vacíos jurídicos, sino a problemas en la aplicación efectiva de los mecanismos para erradicarla, y a posibles contradicciones entre las diversas normas jurídicas involucradas.
El estudio del IBD apunta que uno de los objetivos de la Ley General contra la Tortura fue establecer la distribución de competencias y la forma de coordinación entre las autoridades de los tres órdenes de gobierno
DUPLICIDAD DE FUNCIONES. Sin embargo su operación podría convertirse en un gran reto para las autoridades mexicanas pues requiere la vinculación, en cuanto a atribuciones y facultades, de 11 instituciones y por lo menos tres mecanismos asociados a ellas.
Es ahí donde se genera a duplicidad de funciones como es el caso de la operación simultánea del Registro Nacional de Víctimas y del Registro Nacional del Delito de Tortura.
Otro aspecto de atención, señala el estudio, es el incumplimiento de los plazos previstos en la ley, como ocurrió con la obligación de expedir el Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Tortura, así como para contar con la infraestructura tecnológica necesaria para operar el Registro Nacional del Delito de Tortura, cuyo plazo venció el 26 de diciembre del año pasado.
Esto mismo, indica el IBD, sucedió con la creación de las Fiscalías Especiales, Federal y de las entidades federativas, que debía haber ocurrido el 27 de septiembre de 2017.
El estudio recuerda que entre los objetivos de esa ley, se encuentran: establecer los tipos penales y las sanciones correspondientes a la comisión del delito; la distribución de competencias y coordinación de los tres niveles de gobierno (federal, estatal y municipal) y garantizar los derechos de las víctimas.
No obstante se mantienen aspectos como el arraigo, la detención sin orden judicial, y la prisión preventiva oficiosa los cuales interfieren con la obligación del Estado de prevenir y erradicar la tortura.
Recordó que como parte de la implementación de la nueva Ley General contra la tortura, el Pleno del Senado aprobó en su sesión del 3 de abril pasado, la designación de los cuatro integrantes del Comité técnico del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura.
Quedó conformado por Miguel Sarre Iguíniz, María Sirvent Bravo-Ahuja, Nancy Pérez García y Jesús Eduardo Martín Jáuregui.
Este comité técnico tendrá entre sus atribuciones expedir las bases para el funcionamiento del Mecanismo Nacional de Prevención de Tortura, aprobar los perfiles de los servidores públicos que formarán parte de él y solicitar la apertura de expedientes de queja y denuncias ante las autoridades competentes.